Condiciones de Admisión
Para ser miembro de SINTRADEPARTAMENTAL se requiere:
- En principio, ser mayor de 18 años, sin desmedro de lo establecido en la Sentencia C-1188/05 por la Honorable Corte Constitucional frente al artículo 383 del C.S.T., y de las directrices del Departamento Administrativo de la Función Pública (D.A.F.P.) y la Comisión Nacional del Servicio Civil (C.N.S.C.).
- Ser servidor público —trabajador oficial o empleado público— que preste sus servicios al Departamento del Huila, sus municipios o institutos descentralizados, tanto adscritos como vinculados; o pensionado que hubiera laborado en cualquiera de las referidas entidades territoriales o institutos descentralizados.
- No tener vigentes sanciones sindicales, penales, disciplinarias, fiscales o administrativas inhabilitantes.
- Pagar la cuota de admisión, equivalente al uno por ciento (1 %) de la asignación básica mensual del afiliado.
- Presentar en público o en privado buena conducta.
PARÁGRAFO PRIMERO:
La Junta Directiva de SINTRADEPARTAMENTAL definirá en primera instancia sobre la solicitud de afiliación, la cual podrá ser o no aceptada de inmediato, con la obligación de someterla a refrendación, aprobación o desaprobación de la Asamblea General.
PARÁGRAFO SEGUNDO:
Una vez aprobada su admisión, el afiliado deberá recibir el estatuto y su respectiva inducción, tal como lo establece el reglamento.